Autorización Sanitaria de Aditivos
Institución:DIGESA
Definición:
Proceso por el cual, por medio de la inspección del establecimiento productor, se verifica que determinado aditivo alimentario (o mezcla de aditivos) cumple con los requisitos para ser considerado apto para el consumo humano.
Autorización sanitaria para exportación de aditivos alimentarios
Costo por autorización:
- Hasta 20 toneladas costos (0.1% U.I.T.)
- Mayor de 20 toneladas costo (0.05% UIT ) por el peso neto
Costo por Inspección al establecimiento de fabricación:
DEPARTAMENTO DE LIMA
- NO PYME : S/. 600
- PYME : S/. 300
OTROS DEPARTAMENTOS
- NO PYME : S/. 600
- PYME : S/. 600
Adjuntar Declaración Jurada indicando que es una micro o pequeña empresa.
OBSERVACIÓN: Si el establecimiento se encuentra habilitado no realizará el pago por derecho de inspección, debiendo presentar copia de su resolución directoral de habilitación sanitaria de los aditivos motivo de la solicitud de autorización sanitaria.
- Duración del trámite : 15 días hábiles
- Vigencia de la Autorización : 6 meses
Trámite Documentario Telf. 4428353 4428356 anexos 104 ó 136
Página web: http://www.digesa.sld.pe
Para iniciar el trámite, el interesado debe presentar:
| Una solicitud dirigida al Director General de la DIGESA con carácter de declaración jurada. | |
| Informe de ensayo favorable de las muestras del producto a exportar. | |
| Información detallada sobre lo solicitado (proyecto de la autorización). | |
| Indicar el nombre técnico de cada aditivo a exportar. Nota: Presentar la documentación en fólder con su fastener y debidamente ordenada según numerales, para su evaluación. |
Referencia:
- R.D. N° 0684/2003/DIGESA/SA del 17 de Junio del 2003 publicado en “El Peruano†el 27 de Junio del 2003.
- R.D. N° 0775/2003/DIGESA/SA del 10 de Julio del 2003, publicado en “El Peruano†el 16 de Julio del 2003.




