El reglamento del nuevo RUS desarrolla la categoría especial. Así, precisa como no afectos al régimen: los sujetos que cumplan con los requisitos para ubicarse en la categoría especial (venden productos agrícolas exonerados del IGV en mercado de abastos; o son productores agrícolas y venden productos en estado natural, por un monto no mayor a S/. 60,000 al año); ejercerán la opción de incorporarse a esta categoría con la presentación del formulario correspondiente, dentro del plazo de presentación y surtirá efecto a partir del período en que se presente dicho formulario.
Curso
“Creación y Gestión de Mi Empresa en el Perú” |
Inversión: S/. 250.00 |
Contenido: |
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Inicio: Lunes 06 de Febrero de 2012 |
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[Mas información] |
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Asesoría
"Creación de Mi Empresa en el Perú" |
Inversión: S/. 250.00 |
Cronograma: |
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Inicio: Lunes 06 de Febrero de 2012 |
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[Mas información] |
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Pagina Web
Para negocios de exportación por internet |
Inversión: S/. 1,800.00 |
Incluye: |
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