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Contrato de Maquila Internacional
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Contrato de Maquila Internacional
Contrato de maquila de exportación, en lo sucesivo “EL CONTRATO”, que celebran por una parte la empresa ____________, representada en este acto por el ____________ en su carácter de representante legal, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA EMPRESA”; y por la otra comparece la sociedad mercantil ____________, representada en este acto por el ____________ en su carácter de representante legal, a quien en lo sucesivo se le designará “LA CONTRATISTA”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:D E C L A R A C I O N E S
C L í U S U L A SOBJETOPRIMERA.- “LA EMPRESA” se obliga a contratar exclusivamente a “LA CONTRATISTA” para que ésta lleve a cabo en su domicilio fiscal, el servicio de “confección de polos†conforme a las especificaciones técnicas que se convienen en los Manuales e Instructivos que como Anexos forman parte de este Contrato.CONFECCIÓNSEGUNDA.- Cuando “LA CONTRATISTA” no pueda llevar efectuar los servicios de confección, podrán ser llevados acabo por otra persona, previa autorización por escrito de “LA EMPRESA” a “LA CONTRATISTA”, y del cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables a la “CONTRATISTA”.
PRODUCTOS EN CONSIGNACIÓNTERCERA.- “LA EMPRESA” entregará a “LA CONTRATISTA” en consignación las partes y componentes necesarios para las confecciones de “LOS PRODUCTOS” a los que se les dará el servicio correspondiente, y podrá además entregar herramientas, refacciones, equipos y materiales para que se lleven acabo los citados servicios, bienes que en todo momento seguirán siendo propiedad de “LA EMPRESA”.RETORNO AL EXTRANJEROCUARTA.- Una vez que “LA CONTRATISTA” hubiere realizado sus actividades de confección, “LOS PRODUCTOS”, herramientas, refacciones, equipos y materiales deberán ser retornados a los lugares que “LA EMPRESA” indique, dentro de los plazos de permanencia establecidos en las disposiciones aduaneras del país de “LA CONTRATISTA”.RETORNO DE DESPERDICIOSQUINTA.- Los desperdicios generados en los procesos productivos de los bienes otorgados en consignación por “LA EMPRESA”, deberán ser retornados por “LA CONTRATISTA” a los lugares que “LA EMPRESA” indique, inclusive aquellos considerados como peligrosos conforme a las disposiciones mexicanas de equilibrio ecológico; exceptuándose aquellos desperdicios por los cuales “LA EMPRESA” otorgue autorización por escrito a “LA CONTRATISTA” para su uso en territorio nacional, y en apego a las disposiciones aduaneras del país contratante.DE LA PROPIEDAD DE “LOS PRODUCTOS”SEXTA.- Al amparo de este Contrato, “LA CONTRATISTA” no deberá ser considerada propietaria de “LOS PRODUCTOS”, insumos, herramientas, refacciones, equipos y materiales que le sean entregados en consignación por “LA EMPRESA”, a excepción de los desperdicios generados en el proceso de confección, previa autorización conforme se señala en la cláusula que antecede. Las facturas pro-forma emitidas por “LA EMPRESA” para cumplir con los requerimientos aduanales para la importación o las expedidas por “LA CONTRATISTA” para el retorno de “LOS PRODUCTOS” herramientas, refacciones, equipos y materiales no deberán ser consideradas como pruebas de la transferencia de propiedad a favor de “LA CONTRATISTA”.DE LA ENAJENACIÓN DE “LOS PRODUCTOS”Sí‰PTIMA.- “LA CONTRATISTA”, no podrá enajenar o disponer de “LOS PRODUCTOS”, herramientas, refacciones, equipos y materiales propiedad de “LA EMPRESA”, excepto cuando se obtenga previamente autorización por escrito de “LA EMPRESA”, y se dé cumplimiento con las disposiciones aduaneras que para ello tengan lugar, en cuyo caso “LA CONTRATISTA” las recibirá bajo el carácter de depositario, y mantendrá en buen estado “LOS PRODUCTOS” herramientas, equipos y materiales remitidos por “LA EMPRESA”, en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.DE LAS MUESTRAS REQUERIDAS POR LAS AUTORIDADESOCTAVA.- “LA EMPRESA” autoriza expresamente a “LA CONTRATISTA” a que entregue cualquier muestra de “LOS PRODUCTOS” herramientas, equipos y materiales, que oficialmente sean requeridos por cualquier dependencia gubernamental del Gobierno Mexicano, comunicando a “LA EMPRESA” de estos sucesos en un plazo que no excederá de 24 horas.DE LA COMERCIALIZACIÓN EN TERRITORIO NACIONALNOVENA.- Cuando se requiera que los “LOS PRODUCTOS” ensamblados por “LA CONTRATISTA”, sean comercializados en el país, ambas partes establecerán las condiciones de compra-venta y precios por escrito en documento separado.DEL CARíCTER DE DEPOSITARIODí‰CIMA.- “LA EMPRESA” conservará la propiedad de los equipos y maquinaria proporcionados a “LA CONTRATISTA”, quien los mantendrá en su carácter de depositario y los conservará en buen estado, libres de cualquier gravamen o afectación; cuando existiera alguna acción legal en contra de “LA CONTRATISTA”, que afecte el equipo o maquinaria, “LA CONTRATISTA” notificará de inmediato a “LA EMPRESA” a efecto de que se tomen todas las medidas y recursos legales necesarios para proteger dichos bienes.DE LA CONTRAPRESTACIÓN POR EL SERVICIO DE MAQUILADí‰CIMA PRIMERA.- Las partes contratantes, convienen en que “LA EMPRESA” pagará a “LA CONTRATISTA” como contraprestación por los servicios prestados la cantidad de US$ XX Dólares Americanos por la confección de un polo XXXDEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALESDí‰CIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” conviene y se obliga a cumplir con las leyes y reglamentos existentes en Perú con el objeto de evitar sanciones impuestas por el gobierno o acciones intentadas por este último que afecten a “LOS PRODUCTOS”, herramientas, refacciones, equipos y materiales de cualquier naturaleza propiedad de “LA EMPRESA”, y con ello conservarlos libres de gravamen, reclamaciones o cargo que pudiere imponer la Federación, Estado o Municipio.DE LA GARANTíA DE LOS IMPUESTOSDí‰CIMA TERCERA.- “LA CONTRATISTA” podrá ofrecer la maquinaria, equipo, materiales, partes, refacciones y herramientas como garantía de los créditos fiscales determinados por las autoridades fiscales mexicanas, respecto del pago de aranceles o impuestos omitidos, siempre que se obtenga la autorización por escrito de “LA EMPRESA”.DEL APOYO GERENCIAL Y Tí‰CNICODí‰CIMA CUARTA.- “LA EMPRESA” pondrá a disposición de “LA CONTRATISTA” el personal a nivel gerencial y técnico altamente calificado, con el propósito de que:1. Las obligaciones asumidas por “LA CONTRATISTA” conforme al presente contrato sean cumplidas en forma debida y eficaz.2. “LA EMPRESA” pueda asegurar que “LOS PRODUCTOS”, herramientas, refacciones, equipos y materiales que se entreguen a “LA CONTRATISTA”, con el propósito indicado en la CLíUSULA PRIMERA del presente contrato, sean utilizados eficaz y exclusivamente para ello.3. Las instalaciones de “LA CONTRATISTA” sean dirigidas por personal técnico y administrativo calificado.
DE LA ASESORíA Y ASISTENCIADí‰CIMA QUINTA.- La asistencia y servicio que preste “LA EMPRESA” en cumplimiento del compromiso que antecede, incluirá:1. Asesoría y asistencia para determinar el número y clase de empleados necesarios para operar y administrar las instalaciones de “LA CONTRATISTA”, así como el alcance y requisitos de funciones y puestos.2. Asesoría y asistencia en el establecimiento de procedimientos de compras, obtención de materias primas y otros suministros.DE LA VIGENCIA DEL CONTRATODí‰CIMA SEXTA.- La vigencia de este contrato será indefinida; no obstante, se podrá dar por terminado anticipadamente por cualquiera de las partes previa notificación, que se realice en los términos de la cláusula siguiente y/o con 60 (sesenta) días naturales de anticipación.DE LAS NOTIFICACIONESDí‰CIMA Sí‰PTIMA.- Las partes convienen en que todas las notificaciones y demás comunicaciones requeridas o que se deseen dar de conformidad con este Contrato deberán efectuarse por escrito ya sea en forma personal o por cualquier medio electrónico donde obre acuse de recibo por cualquier medio y surtirán sus efectos en la fecha de entrega personal o al día siguiente de su envió por cualquier medio electrónico u óptico, cuando éste se realice por servicio de mensajería reconocido nacionalmente y que mantengan el registro del lugar, fecha y hora y persona que reciba el envío o si dicho envío se realiza con acuse de recibo para la otra parte por telefax, y en todos los casCuando se dirija a “LA EMPRESA”:
Dirección de la empresa
Cuando se dirija a “LA CONTRATISTA”:
Dirección del contratistaDE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATODí‰CIMA OCTAVA.- Este Contrato podrá terminarse por causas específicas previa notificación por escrito de las partes, conforme a lo siguiente:
DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIADí‰CIMA NOVENA.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución, en su caso, del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Lima, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o cualquier otra circunstancia.Las partes firman este contrato por conducto de sus representantes debidamente autorizados el día XXXX
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LA EMPRESA
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LA CONTRATISTA _________________________NOMBRE |
