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Perú Exportaciones – Partidas Arancelarias – Cap 41: Pieles (excepto la peleterí­a) y cueros

 

 

Capí­tulo 41
Pieles (excepto la peleterí­a) y cueros

Notas.

1. Este Capí­tulo no comprende:

a) los recortes y desperdicios similares de cueros y pieles en bruto (partida 05.11);

b) las pieles y partes de pieles de ave, con sus plumas o plumón (partidas 05.05 ó 67.01, según los casos);

c) los cueros y pieles en bruto, curtidos o adobados, sin depilar, de animales de pelo (Capí­tulo 43). Sin embargo, se clasificarán en este Capí­tulo las pieles en bruto sin depilar de bovino (incluidas las de búfalo), de equino, ovino (excepto las de cordero llamadas astracán, «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares y las pieles de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tí­bet), de caprino (excepto las de cabra, cabritilla o cabrito del Yemen, de Mongolia o del Tí­bet), de porcino (incluidas las de pecarí­), de gamuza, gacela, camello, dromedario, reno, alce, ciervo, corzo o perro.

2. A) Las partidas 41.04 a 41.06 no comprenden los cueros y pieles que hayan sufrido un proceso de curtido (incluido el precurtido) reversible (partidas 41.01 a 41.03, según el caso).

B) En las partidas 41.04 a 41.06 la expresión «crust» incluye cueros y pieles que han sido recurtidos, coloreados o engrasados en baño, previo al secado.

3. En la Nomenclatura, la expresión cuero regenerado se refiere a las materias comprendidas en la partida 41.15.

Código Designación de la Mercancí­a

41.01 Cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos.

4101.20.00.00 - Cueros y pieles enteros, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo
4101.50.00.00 - Cueros y pieles enteros, de peso unitario superior a 16 kg
4101.90.00.00 - Los demás, incluidos los crupones, medios crupones y faldas

41.02 Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por la Nota 1 c) de este Capí­tulo.

4102.10.00.00 - Con lana
- Sin lana (depilados):
4102.21.00.00 - - Piquelados
4102.29.00.00 - - Los demás

41.03 Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) ó 1 c) de este Capí­tulo.

4103.20.00.00 - De reptil
4103.30.00.00 - De porcino
4103.90.00.00 - Los demás

41.04 Cueros y pieles curtidos o «crust», de bovino (incluido el búfalo) o de equino, depilados, incluso divididos pero sin otra preparación.

- En estado húmedo (incluido el «wet-blue»):
4104.11.00.00 - - Plena flor sin dividir; divididos con la flor
4104.19.00.00 - - Los demás
- En estado seco («crust»):
4104.41.00.00 - - Plena flor sin dividir; divididos con la flor
4104.49.00.00 - - Los demás

41.05 Pieles curtidas o «crust», de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación.

4105.10.00.00 - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4105.30.00.00 - En estado seco («crust»)

41.06 Cueros y pieles depilados de los demás animales y pieles de animales sin pelo, curtidos o «crust», incluso divididos pero sin otra preparación.

- De caprino:
4106.21.00.00 - - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.22.00.00 - - En estado seco («crust»)
- De porcino:
4106.31.00.00 - - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.32.00.00 - - En estado seco («crust»)
4106.40.00.00 - De reptil
- Los demás:
4106.91.00.00 - - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.92.00.00 - - En estado seco («crust»)

41.07 Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de bovino (incluido el búfalo) o equino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

- Cueros y pieles enteros:
4107.11.00.00 - - Plena flor sin dividir
4107.12.00.00 - - Divididos con la flor
4107.19.00.00 - - Los demás
- Los demás, incluidas las hojas:
4107.91.00.00 - - Plena flor sin dividir
4107.92.00.00 - - Divididos con la flor
4107.99.00.00 - - Los demás

4112.00.00.00 Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

41.13 Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de los demás animales, depilados, y cueros preparados después del curtido y cueros y pieles apergaminados, de animales sin pelo, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

4113.10.00.00 - De caprino
4113.20.00.00 - De porcino
4113.30.00.00 - De reptil
4113.90.00.00 - Los demás

41.14 Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite); cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados.

4114.10.00.00 - Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite)
4114.20.00.00 - Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados

41.15 Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas; recortes y demás desperdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrí­n, polvo y harina de cuero.

4115.10.00.00 - Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas
4115.20.00.00 - Recortes y demás desperdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrí­n, polvo y harina de cuero

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