Respuesta:
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI,
a través de la Comisión de Acceso al Mercado,deberá supervisar el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, conforme a sus competencias.
La comisión actúa a pedido de parte, es decir, cuando algún afectado decide iniciar el procedimiento
administrativo, presentando para ello la correspondiente denuncia1. Excepcionalmente, la comisión puede tramitar procedimientos de oficio cuando lo justifique el interés de un número significativo de afectados.
En caso de que la comisión considere fundada la denuncia contra una barrera burocrática establecida
por un decreto supremo, una resolución ministerial o una norma municipal o regional de carácter general, dispondrá la inaplicación al caso concreto.
